Chaves Municipio informa que desde el martes 1° de septiembre y hasta el 30 de noviembre inclusive regirá la veda anual del pejerrey en los espejos de agua interiores de la provincia de Buenos Aires, de acuerdo con las Disposiciones N° 483/2019 y 116/2021.
La medida alcanza a lagunas, ríos, arroyos y canales interiores y tiene como objetivo proteger el período de desove y contribuir a la preservación del pejerrey (Odontesthes bonariensis), un recurso de importancia para la pesca deportiva bonaerense.
Durante este período, la pesca deportiva estará habilitada únicamente los sábados, domingos y feriados, con algunas excepciones para determinadas lagunas que permiten la actividad también los días viernes.
Además, se encuentra prohibida la pesca deportiva nocturna en las lagunas bonaerenses. El horario permitido se extiende desde las 5:00 hasta las 20:00 horas.

Cupos por ambiente
- Laguna Chasicó: hasta 30 ejemplares.
- Lagunas Cochicó, Del Monte, Hinojo Grande y La Salada Grande: hasta 20 ejemplares.
- Cuero de Zorro, Sauce Grande, La Salada de Coronel Granada y demás lagunas bonaerenses: hasta 15 ejemplares.
- Ríos, arroyos y canales interiores: hasta 15 ejemplares por pescador.
Asimismo, durante el período de veda está prohibida la realización de competencias deportivas relacionadas con el pejerrey y las actividades de pesca comercial en ambientes de aguas interiores provinciales.
Elementos permitidos y requisitos
Se permite una sola caña por pescador, con un máximo de tres anzuelos por línea. Se recomienda utilizar anzuelos acordes con la talla mínima permitida, evitando aquellos demasiado pequeños que puedan provocar un tragado profundo y aumentar la mortalidad de ejemplares juveniles.
La pesca embarcada está permitida únicamente mediante embarcaciones habilitadas y siempre dentro del cupo diario correspondiente al espejo de agua.
En determinadas lagunas de menor porte o con baja cota de agua, puede encontrarse restringida o prohibida la navegación a motor, especialmente para evitar interferencias en sectores de juncales utilizados por la especie durante la reproducción y deposición de huevos.
Por otra parte, está expresamente prohibido utilizar redes de arrastre, atarrayas, ganchos o cualquier otro arte de pesca masiva que no corresponda a la pesca deportiva.
Licencia de pesca obligatoria
Para realizar pesca deportiva es obligatorio contar con la Licencia de Pesca Deportiva de la provincia de Buenos Aires, que puede gestionarse de manera virtual a través de los canales oficiales del Ministerio de Desarrollo Agrario o presencialmente en dependencias del Palacio Municipal de Adolfo Gonzales Chaves, ubicado en la intersección de las calles Mitre y Juan Elicagaray.
Respeto de la normativa
Desde Chaves Municipio se recuerda la importancia de respetar las disposiciones vigentes para contribuir al cuidado y preservación del recurso.
El incumplimiento de las normas puede derivar en el secuestro de los ejemplares capturados y de los elementos utilizados para cometer la infracción, como cañas, reeles, líneas y cajas de pesca.
En casos de mayor gravedad, también puede disponerse el secuestro de embarcaciones, tráileres o vehículos, además de sanciones económicas y la suspensión o inhabilitación de la Licencia de Pesca Deportiva.
Respetar la veda y las condiciones establecidas permite proteger el ciclo reproductivo del pejerrey y garantizar la continuidad de la actividad para las próximas temporadas.