Nº 292/2021.-

VISTO:

El Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 125/2021 que prorroga las medidas de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio hasta el 12 de Marzo de 2021;

El Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 168/2021, que establece la prórroga del DNU Nº 125/2021 y sus normas complementarias, hasta el 9 de Abril de 2021, inclusive; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto municipal Nº 112/2021 se dispuso la prórroga de las medidas establecidas en el marco del Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio, teniendo en cuenta el DNU Nº 67/2021 y las Resoluciones de Jefatura de Gabinete de Ministros Nº 137 y 138/2021, hasta el 28 de Febrero de 2021;

Que mediante Decreto municipal Nº 209/2021 se dejó sin efecto lo establecido con respecto a actividades nocturnas enmarcadas en la Resolución de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires;

Que con fecha 8 de Marzo de 2021 mediante la Resolución Nº 485/2021, la Jefatura de Gabinete de Ministros derogó la Resolución Nº 137/2021;

Que con fecha 13 de Marzo de 2021, fue publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 168/2021, prorrogando las medidas establecidas en el DNU Nº 125/2021 así como sus normas complementarias, hasta el 9 de Abril de 2021;

Que la Municipalidad de Adolfo Gonzales Chaves adhiere a la normativa nacional y a la provincial que se dicte en el marco de la pandemia por COVID-19 desde el inicio de la misma;

Por ello;

El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTICULO 1º: ADHIERESE la Municipalidad de Adolfo Gonzales Chaves a lo establecido en los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 125/2021 y 168/2021, prorrogando la vigencia de las medidas dispuestas por el Departamento Ejecutivo Municipal en el marco de la pandemia por Covid-19, desde el 1º de Marzo de 2021 y hasta el 9 de Abril de 2021, inclusive.-

ARTICULO 2º: ADHIERESE la Municipalidad de Adolfo Gonzales Chaves a lo establecido en la Resolución Nº 485/2021, emanada de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. –

 

                                ADOLFO GONZALES CHAVES, Marzo 15 de 2021.-

DECRETO Nº 292/2021.-

Es Copia. –                                                                                          E.M.SANTILLAN

                                                                                                          M.S.Suárez

A.M.F.

S.M.H.