VISTO:
El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 754/2020, dictado por Presidencia de la Nación Argentina, en el marco de la Emergencia Sanitaria por la pandemia declarada por el SARS-CoV-2; y
CONSIDERANDO:
Que el DNU Nº 754/2020, ha sido dictado con el objeto de proteger la salud pública, en el marco de la emergencia pública en materia y en atención a la situación epidemiológica existente en las distintas regiones del país con relación al COVID-19;
Que el DNU Nº 754/2020 prorroga desde el 21 de Septiembre y hasta el 11 de Octubre de 2020 inclusive, las medidas de “aislamiento social preventivo y obligatorio” y las de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”;
Que el Departamento Ejecutivo municipal debe dictar el acto administrativo con el fin de prorrogar la normativa municipal vigente dictada en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19;
Por ello;
El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Prorróganse desde el 21 de Septiembre y hasta el 11 de Octubre de 2020 inclusive, las medidas establecidas en el marco del “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, conforme lo dispuesto en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 754/2020, dictado por Presidencia de la Nación Argentina, en el marco de la Emergencia Sanitaria por la pandemia declarada por el SARS-CoV-2.-
ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
ADOLFO GONZALES CHAVES, Septiembre 21 de 2020.-
DECRETO Nº 884 /2020.-
Es Copia.- E.M.SANTILLAN
M.S.Suárez
A.M.F
S.M.H.